Proyecto de
ley que busca establecer una normativa marco en materia de educación en Chile
para reemplazar a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE). Dos años
más tarde es aprobado por ambas ramas del poder legislativo, siendo promulgado
como ley por parte de la Presidenta de la República el 17 de agosto de 2009.
TÍTULO
1” De los Niveles y Modalidades Educativas”
Artículo 22.- Son modalidades educativas aquellas opciones organizativas y
curriculares de la educación regular, dentro de uno o más niveles educativos,
que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de aprendizaje,
personales o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el
derecho a la educación.
Constituyen modalidades la educación especial o diferencial, la educación
de adultos y las que se creen conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de esta
ley.
Tanto las
bases curriculares como los criterios u orientaciones para construir
adecuaciones curriculares deberán contar con la aprobación del Consejo Nacional
de Educación, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 53.
Artículo
23.- La Educación Especial o Diferencial es la modalidad del sistema educativo
que desarrolla su acción de manera transversal en los distintos niveles, tanto
en los establecimientos de educación regular como especial, proveyendo un
conjunto de servicios, recursos humanos, técnicos, conocimientos especializados
y ayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedan
presentar algunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo de su
escolaridad, como consecuencia de un déficit o una dificultad específica de
aprendizaje. Se entenderá que un alumno presenta necesidades educativas
especiales cuando precisa ayudas y recursos adicionales, ya sean humanos,
materiales o pedagógicos, para conducir su proceso de desarrollo y aprendizaje,
y contribuir al logro de los fines de la educación.
La
modalidad de educación especial y los proyectos de integración escolar contarán
con orientaciones para construir adecuaciones curriculares para las escuelas
especiales y aquellas que deseen desarrollar proyectos de integración.
Se efectuarán adecuaciones curriculares para necesidades educacionales
específicas, tales como las que se creen en el marco de la interculturalidad,
de las escuelas cárceles y de las aulas hospitalarias, entre
otras.
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